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jueves, 13 de octubre de 2011

APARTAMENTOS TURÍSTICOS

Según la legislación vigente en materia de turismo en Andalucía, la Ley 12/1999, de 15 de Diciembre, del Turismo de Andalucía; un Apartamento Turístico es aquel:

"establecimiento destinado a prestar un servicio de alojamiento ... compuesto por un conjunto de unidades de alojamiento y que son objeto de comercialización en común por un mismo titular.
Podrán ser: apartamentos turísticos, villas, bungalós, chalés, o inmuebles análogos.
Estarán dispuestos para su inmediata ocupación por el usuario turístico; contará con el mobiliario y las instalaciones adecuadas para la conservación, elaboración y consumo de alimentos y bebidas dentro de cada unidad de alojamiento."

Los apartamentos turísticos se alquilan por día a precios asequibles y por personas, a estas unidades de alojamiento no les falta ni un sólo detalle, están completamente equipadas y se adaptan a cualquier necesidad que pueda surgirle al cliente.













Hoy en día, se presentan como una alternativa muy factible a los hoteles de lujo, habitaciones mas espaciosas, y mas intimidad para el cliente, sin desmejorar que tienes las ventajas de estar en casa (total privacidad e independencia) sin olvidarte de las comodidades de una habitación de hotel (servicio de limpieza).

DECLARACIONES DE INTERES TURISTICO

Andalucía tiene un medio eficaz para la mejora de su imagen turística.
La ley 12/1999 de 15 de Diciembre, del turismo, en su artículo 20, introduce la figura de la declaración de interés turístico para determinadas manifestaciones de nuestro acervo cultural y de tradición popular que tengan una especial importancia como atractivo turístico.
Al amparo de esta ley podran declararse de interés turístico todo aquello que nos identifica y es muestra de nuestra cultura y tradiciones, como fiestas, acontecimientos, itinerarios, rutas, publicaciones y obras audiovisuales
.
Son muchas las muestras de identidad propias las que podemos observar a lo largo de toda la geografía andaluza.
En todas las provincias de nuestra comunidad encontramos manifestaciones religiosas y folklóricas propias y comunes a toda Andalucía.
Dos de estas manifestaciones que podemos encontrar en nuestra provincia son El Auto Sacramental de los Reyes Magos en el Viso y La Fiesta de los Piostros de Pedroche.
      
AUTO SACRAMENTAL DE LOS REYES MAGOS.

Declarado Fiesta de Interés Turístico de Andalucía por el Ilmo. Sr. Consejero de Turismo y Deporte de la Junta de Andalucía por Resolución de fecha 11 de Marzo de 1999.
Este acto cultural representado desde antaño se considera el más representativo de la cultura y tradiciones de el Viso.


En el colaboran Ayuntamiento, organismos públicos y privados y los propios vecinos de la localidad, sin los cuales no seria posible llevar a cabo todo el trabajo y buen desarrollo de la representación.

LA FIESTA DE LOS PIOSTROS DE PEDROCHE.

La localidad de Pedroche cuenta con un sinfín de atractivos turísticos. Su patrimonio es uno de ellos, pero también es destacable su conocida Fiesta de los Piostros.
Una celebración la citada que tiene lugar los días 7 y 8 de septiembre y que se realiza en honor a la Patrona, la Virgen de Piedrasantas.
En la Edad Media parece que tiene su origen este festejo que se basa en aquellos desplazamientos que realizaban a Pedroche en sus caballos los diversos representantes de los concejos de las Siete Villas de los Pedroches. Unos viajes que pasaron a convertirse en auténticas romerías y de ahí en la fiesta que hoy conocemos como tal.
El nombre le viene de la palabra piostro que se refiere al conjunto que forma el jinete y su consabida cabalgadura. Así, a día de hoy, en esta fiesta hombres y mujeres montados en sus mulas y caballos, que son engalanados con sus mantas típicas, son los auténticos protagonistas de la jornada.


 

                                                               

LAS CASAS RURALES

Los integrantes del módulo de turismo, del Taller de empleo Sierra del Castillo, os invitamos a descubrir la oferta de alojamientos rurales en la Comarca del Valle del Guadiato. 

Además de disfrutar de alojamientos de primera calidad, te verás inmerso en su cultura, su historia, y sus valores naturales; igualmente contribuirás a la estabilización de las poblaciones rurales, a la recuperación de productos artesanales, agrarios, al mantenimiento de los valores históricos-artísticos y a la conservación de la naturaleza de esta comarca de Andalucía.












Según la Ley 12/1999 de 15 de Diciembre del Turismo, en su art. 41, define las casas rurales como aquellas edificaciones situadas en el medio rural que por su especiales características de construcción, ubicación y tipicidad, prestan servicios de alojamiento, con otros servicios complementarios y que hayan sido declarados como tales por la Administración turística.

GUÍAS DE TURISMO

La Ley 12/1999 sobre Turismo de Andalucía está compuesta por 7 títulos, 6 disposiciones adicionales, 4 disposiciones transitorias, 1 disposición derogatoria y 4 disposiciones finales.

Artículo 49, GUÍAS DE TURISMO.
Se considera actividad propia de los Guías de Turismo la prestación, de manera habitual y retribuida, de servicios de información turística a quienes realicen visitas a los bienes integrantes del Patrimonio Histórico Andaluz.

Para el ejercicio de la actividad profesional de Guía de Turismo será preciso hallarse en posesión de una habilitación expedida de conformidad con lo establecido en el Decreto 214/2002, de 30 de julio, regulador de los guías de turismo de Andalucía.

El artículo 15 del citado Decreto establece que se inscribirán de oficio los guías de turismo a los que se haya reconocido la habilitación para ejercer su actividad en Andalucía, los guías habilitados por otros Estados miembros a los que se le haya reconocido la cualificación profesional, conforme a lo regulado en el presente Decreto, así como las comunicaciones previstas en el artículo 13 del Real Decreto 1837/2008, de 8 de Noviembre.

Los guías de turismo habilitados por otras Comunidades Autónomas podrán desarrollar libremente la actividad en Andalucía sin necesidad de presentar documentación alguna ni someterse al cumplimiento de requisitos adicionales.

Al objeto de mantener actualizados los datos registrales, las guías de turismo deberán dar a conocer cualquier modificación de los datos objeto de la inscripción rellenando el impreso (PDF 190,97 KB) correspondiente, y una vez formalizado presentarlo en el Registro de esta Consejería o en cualquiera de sus Delegaciones Provinciales.










CAMPAMENTOS DE TURISMO O CAMPINGS

Según la Ley 12/1999, de 15 de Diciembre, del Turismo de Andalucía son campamentos de turismo o cámpings aquellos establecimientos turísticos que, ocupando un espacio de terreno debidamente delimitado, dotado y acondicionado, se destinan a facilitar a los usuarios turísticos un lugar adecuado para hacer vida al aire libre, durante un período de tiempo limitado, utilizando albergues móviles, tiendas de campaña u otros elementos análogos fácilmente transportables o desmontables.

Quedan excluidos de la presente Ley los albergues y campamentos juveniles, los centros y colonias escolares y, en general, cualesquiera establecimientos similares a los anteriores en los que la prestación del servicio de alojamiento turístico se realice de manera ocasional y sin ánimo de lucro.

Actualmente existen 154 cámpings repartidos por todo el territorio andaluz.

Uno de ellos es el Cámping La Rosaleda, que se encuentra a 20 minutos a pie del centro de Conil de la Frontera (Cádiz) y de la playa.

Ofrece piscina al aire libre, sauna, gimnasio, conexión WI-FI gratuita y aparcamiento, también gratis.

Los bungalows de madera tienen aire acondicionado y porche privado. Dispone de sala de estar con sofa-cama y TV. Todos cuentan con baño privado, y la cocina americana está equipada con frigorífico, microondas y cafetera.
El Cámping cuenta con 34 habitaciones.

La Rosaleda también ofrece una zona de juegos infantil y un mostrador de información turística. La autopista A48 es fácilmente accesible, y Jerez está a 58 km.




martes, 11 de octubre de 2011

MUNICIPIO TURÍSTICO

Según el artículo 6 de la Ley 12/1999, de 15 de Diciembre de turismo de Andalucía, son MUNICIPIOS TURÍSTICOS, aquellos que cumplan los criterios que reglamentariamente se establezcan y entre los cuáles deberán figurar la población turística asistida, el número de visitantes y la oferta turística, siendo la población turística asistida la formada por personas no vecinas del municipio pero que tengan una estancia temporal por razones de visita turística, segunda residencia o alojamiento turístico.La declaración de Municipio turístico será competencia del Consejo de Gobierno.

En la actualidad, existen 15 planes de Municipio Turístico:

1. En Huelva: Almonte y Aracena 
2. En Málaga: Benalmádena, Fuengirola, Nerja, Ronda y Torremolinos
3. En Jaén: Cazorla
4. En Cádiz: Chiclana de la Frontera, Chipiona, Conil de la Frontera, Tarifa y Rota
5. En Almería: Roquetas de mar
6. En Sevilla: Santiponce

RONDA

Esta bella ciudad se sitúa en la zona más noroccidental de la provincia de Málaga, junto a la Costa del sol y entre tres parques naturales, Grazalema, Sierra de las Nieves y Alcornocales.
Por su Patrimonio cultural, entorno natural, enología y gastronomía, Ronda acoge una gran de afluencia de turistas todos los años, de ahí la intención de un plan de declaración de Municipio Turístico, que en estos momentos está en funcionamiento.


Parador de turismo

Iglesia del Espíritu Santo

jueves, 6 de octubre de 2011

PALACIOS DE CONGRESOS

Según la LEY 12/1999, DE 15 DE DICIEMBRE,en su artículo 50 recoge que:

1. Los Palacios de Congresos realizarán todos aquellas actividades propias para la acogida y celebración de congresos, convenciones, ferias, incentivos y cualquier otro acontencimiento similar.

2. Reglamentariamente, se establecerá la tipología administrativa y el régimen jurídico de los mismos.

Sus Órganos de gobierno y representación se determinarán en sus estatutos.

Andalucía por su situación geográfica, infraestructuras y atractivos culturales, se ha convertido en un destino idóneo para el Turísmo de Negocios.

Por lo que era necesario identificar a la región como sede de este segmento turístico y crear la marca TURISMO DE NEGOCIOS DE ANDALUCÍA. 





Y por ello nace en 1993 LA ASOCIACIÓN DE PALACIOS DE CONGRESOS Y FERIAS DE ANDALUCÍA (AFACAN), con el fin de representar y defender los intereses comunes de los Palacios de Congresos ubicados en la Comunidad Autónoma andaluza.

Uno de sus asociados y el más cercano a nosotros es el Palacio de Congresos de Córdoba. 






Se encuentra ubicado en la zona monumental de Córdoba a escasos metros de la Mezquita de Córdoba.
Edificio que se construyó entre 1513 y 1516, por encargo del Cabildo Catredalicio de Córdoba al maestro Hernán Ruíz, como Hospital de San Sebastián, el mayor de la ciudad hasta 1724.

Los Palacios de Congresos de Andalucía acogerían en mayo de 2011 unos 10 eventos y reunieron a 6.500 profesionales del sector médico-sanitario.